Silvana Pareja

Chancay, soberanía y el límite de la regulación estatal

No se trata de ceder soberanía, sino de ejercerla con inteligencia

Chancay, soberanía y el límite de la regulación estatal
Silvana Pareja
13 de febrero del 2026

 

El debate en torno al megapuerto de Chancay y la empresa Cosco Shipping ha sido presentado, en buena parte del discurso público, como un dilema entre soberanía nacional e inversión extranjera. Sin embargo, esa lectura es incompleta y, en algunos casos, funcional a una simplificación peligrosa. El verdadero problema no es si el Estado Peruano puede regular, sino cómo, cuándo y bajo qué límites lo hace.

La soberanía no es una carta blanca para intervenir arbitrariamente en la economía. En un Estado constitucional de derecho, la soberanía se ejerce a través de la ley, no al margen de ella. Regular no significa improvisar, ni redefinir las reglas una vez que la inversión ya se ha ejecutado. Por el contrario, la potestad regulatoria exige legalidad, razonabilidad y previsibilidad. Cuando estos principios se diluyen, el ejercicio del poder deja de ser legítimo y se convierte en una fuente de incertidumbre estructural.

El conflicto surgió cuando Ositran intentó aplicar un régimen de regulación integral propio de las concesiones públicas a una infraestructura que fue financiada íntegramente con capital privado y que no nació bajo un contrato concesional. El problema no fue la regulación en sí, sino el cambio de criterio ex post, que pretendía alterar el marco jurídico bajo el cual se tomó la decisión de invertir.

Este tipo de actuación revela una falla recurrente en el diseño de políticas públicas en el Perú: la ausencia de una evaluación integral de efectos. El Estado no puede formular políticas regulatorias sin preguntarse cuáles serán sus consecuencias económicas, jurídicas e institucionales. Una regulación mal diseñada no solo afecta a una empresa en particular, sino que envía señales negativas a todo el sistema: incrementa el riesgo país, eleva el costo del capital y debilita la credibilidad del país como destino de inversión.

El reciente pronunciamiento judicial sobre el caso Chancay no debilita la soberanía del Estado, como algunos han sugerido. Por el contrario, la ordena. El fallo recuerda algo esencial: el uso público de una infraestructura no la convierte automáticamente en bien de dominio público; la propiedad privada no pierde su naturaleza por el solo hecho de cumplir una función económica relevante; y la intervención estatal debe estar expresamente habilitada por la ley y ser proporcional al fin perseguido.

La lección de fondo es clara. Un Estado serio no cambia las reglas durante el partido. La política pública no puede construirse desde la reacción ni desde la presión coyuntural, sino desde la previsión. Regular después de que la inversión se ejecutó equivale a trasladar el costo del desorden institucional al sector privado y, finalmente, a toda la economía.

El caso Cosco Shipping no trata de ceder soberanía, sino de ejercerla con inteligencia. Un país no es más soberano porque regula más, sino porque regula mejor. La verdadera fortaleza del Estado no está en su capacidad de intervenir arbitrariamente, sino en su compromiso con reglas claras, estables y predecibles. Sin seguridad jurídica, la soberanía se vacía de contenido y el desarrollo se vuelve una promesa siempre postergada.

Silvana Pareja
13 de febrero del 2026

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