Cecilia Bákula

Salvoconducto, impunidad y soberanía

Sobre el caso del asilo político otorgado por México a Betssy Chávez

Salvoconducto, impunidad y soberanía
Cecilia Bákula
10 de noviembre del 2025

 

En un breve pero contundente mensaje difundido el pasado lunes 3 de noviembre, en una conferencia de prensa, el ministro de Relaciones Exteriores, embajador Hugo de Zela Martínez, dio a conocer que el gobierno del presidente José Jerí ha tomado conocimiento de la solicitud de asilo diplomático que ha solicitado Betssy Chávez ante el gobierno de México, Estado que lo habría concedido, en un gesto “inamistoso” con el Perú. Uno más de los que nuestro país ha recibido, entendiéndose como actos que no solo se alejan de las buenas formas, sino que significan intromisión en asuntos internos.

En ese sentido, la conducta del actual gobierno mexicano, de acceder a brindar asilo diplomático a Chávez, quien fuera cercana colaboradora, asesora y autoridad en su condición de primera ministra del gobierno de Pedro Castillo, solo puede entenderse como un acto que, por las implicancias que tiene, ha motivado la ruptura de relaciones diplomáticas con el país azteca.

Ya desde los tiempos de la presidencia de López Obrador se sentía un clima de tensión y que podía entenderse como de animadversión hacia nuestro país y ello ha continuado con la actual presidenta. En la situación actual, es necesario señalar que Chávez, estaba a punto de ser declarada como reo contumaz por su negativa a someterse a las pautas dictadas contra ella por el Poder Judicial y, habiendo asegurado su supuesta voluntad de acatar la sentencia que pudiera recaer sobre los actos que se le imputan, optó por intentar escabullirse de la justicia al ingresar a la residencia de la embajada de México que, en ese momento, estaba representado tan solo por una encargada de negocios, la misma funcionaria a la que se le dio ya un plazo perentorio para que abandone nuestro país. Betssy Chávez, quien señaló como si fuera poco, que se consideraba como la futura presidenta del Perú, ha pretendido hacerse ver como una víctima y como una perseguida política cuando es tan solo una acusada por delitos comunes, delitos claramente tipificados en nuestro ordenamiento constitucional y judicial, asociados a su participación en el intento de golpe de Estado el 7 de diciembre de 2022. Vale recordar que con su presencia, asesoramiento y participación, en tanto autoridad del momento, Chávez se convirtió en cómplice o coautora del intento de golpe cuando Pedro Castillo, luciendo la banda presidencial, es decir, con los símbolos de la autoridad que ostentaba, manifestó a toda la Nación su voluntad de disolver el Congreso, en donde se habían ventilado ya tres mociones de vacancia; pretendía, asimismo, intervenir el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional y otras instancias para asumir dictatorialmente el control del país y como si ello no fuera suficiente, pretendió convocar a un nuevo Congreso que estaría destinado a formular un nuevo orden constitucional. En ese plan macabro estuvo Betssy Chávez, plenamente activa y participante, tal como quedó revelado y demostrado de muchas maneras.

Es por ello que, en uso de las atribuciones que le corresponde y en defensa de nuestra soberanía, el Presidente de la República ha señalado que un Estado que avala estos hechos que pretenderían atentar contra nuestra estabilidad y gobernabilidad constitucional, no puede ser amigo del Perú y el haber otorgado el asilo diplomático a Betssy Chávez, implica, por lo tanto, un desconocimiento a la legitimidad del ejercicio judicial en nuestro país y un desconocimiento, sin duda (o quizá una antojadiza interpretación) de la legislación internacional.

Podría generarse, sin duda, una situación sui géneris que ha de evitarse dando cumplimiento a las normas internacionales y a las pautas judiciales del Perú. Vale recordar que sin ser siquiera un procesado, sino tan solo opositor al gobierno militar golpista de Odría, éste se negó a extender un salvoconducto para que Víctor Raúl Haya de la Torre pudiera dejar el país. Eran circunstancias de clarísima persecución política que lo llevaron, para salvar su vida, a buscar asilo en la embajada de Colombia en Lima, y, en un caso que sentó jurisprudencia internacional, el gobierno de facto de entonces, lo retuvo, cautivo en dicha embajada, por un periodo de cinco años, tres meses y tres días. Eran otros tiempos y la actitud de Colombia fue siempre de gran valentía y de defensa de los derechos de un ciudadano claramente perseguido. Por supuesto que en nada se compara la calidad y grandeza de Haya de la Torre con la señora en cuestión y sin que ese caso pudiera replicarse o entenderse como un antecedente, deseo señalar que de acuerdo a la legislación vigente, el Perú NO está obligado a extender el salvoconducto que ella podría requerir, pues ella no es una perseguida política; es una persona procesada por delitos comunes tipificados y demostrados.

El Perú es un Estado que cumple a cabalidad con las obligaciones que emanan de las normas internacionales, que al haber sido aprobadas y ratificadas, son parte de nuestro ordenamiento jurídico. Es necesario entender que ante la narrativa que la asilada haya podido exponer ante las autoridades mexicanas, éstas han optado por conceder el asilo y están en su derecho de hacerlo; ello no obliga al Perú a extender el salvoconducto. Comprendo que es una situación delicada, pero tanto la figura del asilo como el requerimiento de salvoconducto han de ser llevados a la práctica con extremo cuidado y sopesando las consecuencias de cada paso que se dé. 

Curiosamente, las voces que tan enervadas y airadas se hicieron oír cuando el presidente Alan García solicitó asilo al Uruguay, son voces hoy silenciosas y apagadas. Fue un caso por demás sobreactuado que llevó a que no se le concediera el asilo, acción que estoy segura, el Uruguay hoy lamenta.

Este caso es distinto y el Perú, que está siendo firme en la defensa de su sistema jurídico y de nuestra soberanía, debe actuar con pies de plomo por varias razones y entre ellas porque el mundo mira al Perú con ojos de expectativa positiva en muchos aspectos; porque somos, en mucho, actores y defensores exitosos de la estabilidad gubernamental, aunque pudiéramos no creerlo y, porque el asilo no es un juego de ruleta ni puede convertirse en una puerta falsa de escape para acusados que no son perseguidos, sino quieren aparecer ante el mundo como víctimas de instancias legales que les son adversas, cuando son solo víctimas perseguidas por sus propios actos.

Hoy comprendemos que el país que la ha acogido, ha asumido una interpretación curiosa de los actos que se le imputan a la asilada y ha emitido opinión, a mi criterio ligera, del actuar de algunos aventureros políticos que hoy pagan las consecuencias del daño causado. Con la libertad que le corresponde, el país azteca puede acoger a los que quiera respaldar pero ello no puede significar presión ni exigencia respecto a las acciones que el Perú puede y debe tomar en cumplimiento de la ley y en el ejercicio de su soberanía.

Sí es de lamentar que las circunstancias hayan llevado a un distanciamiento y enfriamiento de las tradicionales buenas relaciones oficiales entre ambos Estados; son muchos los peruanos y mexicanos de buena voluntad, mucho el intercambio comercial y mucho lo que compartimos en la fe, en la tradición y en la historia común. Pero sobre ello, debe prevalecer la soberanía del Perú y la convicción de que ideologías y narrativas del momento no pueden ser las que motiven ni conduzcan el destino de los pueblos ni la búsqueda del bien común.

Y como si el uso de la razón y el buen criterio no fueran suficiente asidero, puede recordarse con qué claridad la Convención de Caracas de 1954, referente al asilo diplomático, que es una norma vigente tanto para el Perú como para México, señala de manera taxativa que “No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes…”. Y este enunciado se aplica cabalmente, máxime cuando se comprueba que en el proceso en cuestión, ante las instancias judiciales peruanas, no hay persecución política. De no extenderse el salvoconducto, la actualmente asilada tendría que abandonar la sede diplomática, para no generar una situación de mayor e innecesaria complejidad.

Al momento de escribir estas líneas, muchas personas con capacidad de análisis jurídico y de trayectoria personal de prestigio han señalado que el Perú no debería y no está obligado a extender el salvoconducto que permitiría a Chávez, abandonar el país. Queda claro que, en caso que dicho documento no se le extienda, ella no podría permanecer en una especie de limbo territorial y jurídico, como “alojada” en la residencia, actualmente sin embajador, de México. El Perú, tal como lo ha manifestado recientemente nuestra Cancillería, está haciendo las consultas pertinentes destinadas, entre otros, a no permitir que el uso del derecho de asilo diplomático, se tergiverse en beneficio de quienes no lo merecen.

Cecilia Bákula
10 de noviembre del 2025

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