Editorial Economía

El costo de la formalidad expulsa a los jóvenes del empleo

La clave para una nueva ola de reformas de segunda generación en el país

El costo de la formalidad expulsa a los jóvenes del empleo
  • 10 de septiembre del 2026


El mercado laboral peruano enfrenta una dificultad especialmente grave para quienes buscan su primer empleo. En el primer trimestre de 2026, la PEA de 14 a 24 años alcanzó casi tres millones de personas y la tasa de desempleo juvenil llegó al 9.6%, frente al 5.1% nacional. Además, durante abril de 2025 y marzo de 2026 el 84.8% de los trabajadores jóvenes se encontraba en la informalidad y el 56.1% estaba subempleado. La incorporación de esta población al empleo formal requiere, por tanto, condiciones que permitan a las empresas contratar trabajadores con menores barreras de entrada.

Uno de los principales obstáculos son los costos asociados a la contratación formal. Desde el estudio “Hacer que los mercados laborales funcionen”, del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se advierte que las regulaciones de protección del empleo excesivas o mal diseñadas pueden imponer costos elevados que desincentivan la creación de empleo formal. En Perú, contratar formalmente obliga al empleador a desembolsar un 71.7% adicional al salario en contribuciones obligatorias, el nivel más alto de América Latina y el Caribe, frente a un promedio regional de 51.1%. 

Asimismo, contratar a un joven sin historial laboral implica, para cualquier empleador, un riesgo de productividad que se compensaría con la posibilidad de finalizar el vínculo laboral si el desempeño no es el esperado. En el Perú esa flexibilidad no existe. En 2001 desde el Tribunal Constitucional se declaró inconstitucional la indemnización como única reparación frente al despido arbitrario, por lo que se estableció la posibilidad de optar entre indemnización y reposición. En el estudio "Los efectos desprotectores de la protección del empleo", hecho por GRADE, se concluye que el efecto inmediato de esa sentencia fue una reducción de los contratos a plazo indeterminado, como producto del incremento de la rigidez en la contratación y el despido. Al encarecerse y complicarse la desvinculación, las empresas respondieron contratando menos, una cautela que recae con mayor fuerza sobre los jóvenes sin trayectoria laboral comprobada.

No obstante, la experiencia peruana ofrece un ejemplo concreto de cómo una estructura laboral flexible puede acompañar la expansión del empleo. Durante la vigencia de la Ley de Promoción Agraria, Ley 27360, se estableció un régimen especial que adaptó la contratación a la estacionalidad del sector y se incorporaron incentivos tributarios para la inversión. Entre 2004 y 2017, el empleo formal agrario pasó del 16% al 25% –en empleos directos del sector–, mientras el ingreso promedio aumentó 76.7%, según una investigación del IEDEP de la Cámara de Comercio de Lima. En cuanto a la suma de empleos directos e indirectos en ese período pasó de 460,000 a cerca de dos millones de puestos. No obstante, la posterior derogación del régimen promocional, con la Ley 31110, estableció el Bono Especial del Trabajador Agrario (BETA) que agrega a la remuneración mínima vital nacional un 30% para el sector. Todo el proceso formalizador en el agro se detuvo.

La evidencia internacional apunta en la misma dirección. Estados Unidos, Japón, Nueva Zelanda, Reino Unido, Canadá, Irlanda y Dinamarca presentan altos niveles de empleo, productividad e inversión, y se encuentran entre los mercados laborales más flexibles, según el Employment Flexibility Index 2020. Cabe agregar que desde la OCDE, al analizar el caso peruano, también se recomienda reducir los costos de contratación y la rigidez laboral que dificultan el acceso de los jóvenes al empleo formal.

Para los jóvenes, flexibilizar las condiciones de contratación constituye una vía para ampliar las oportunidades de ingreso al empleo formal. En esa línea, Juan Sheput, ministro de Trabajo, en declaraciones para El Montonero ha planteado facilitar el ingreso progresivo de los jóvenes al sistema formal, permitiéndoles adquirir gradualmente sus derechos laborales. No obstante, esta medida también debe acompañarse de reformas educativas que formen una fuerza laboral joven más capacitada, productiva e innovadora, respaldada por una mayor inversión en ciencia y tecnología.

  • 10 de septiembre del 2026

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