Maria del Pilar Tello
Chile y los derechos sobre nuestros datos
Nueva ley chilena crea la Agencia de Protección de Datos
La discusión sobre la nueva Ley de Datos en Chile, viene evidenciando una conciencia colectiva sobre los derechos que cada persona debe tener sobre sus datos. Frente a la propuesta de aplazar su vigencia, prevista para este diciembre, la gente dice que se trata de “nuestros datos y no podemos seguir esperando” por los derechos que la ley consagra, junto a la creación de la Agencia de Protección de Datos, que debe empezar a funcionar. La voluntad popular de defender estos derechos expresa algo más que impaciencia ante una postergación adicional. Sugiere una certeza ciudadana: los datos que describen nuestra vida no son un recurso disponible sin límites para quien tenga capacidad de capturarlos, almacenarlos y procesarlos.
La precisión jurídica es necesaria. La Ley 21.719 establece derechos de las personas sobre datos que les pertenecen y deben poder controlar. Reconoce a las personas como titulares de esos datos, impone obligaciones a quienes los tratan y crea una autoridad especializada.
Esto produce una percepción de pertenencia y control que va más allá de la formulación legal. Cuando una persona entiende que puede saber qué información se recoge sobre ella, pedir su corrección o eliminación, oponerse a ciertos usos y reclamar ante una autoridad, deja de considerar los datos como una abstracción técnica y empieza a reconocerlos como parte de su propia esfera de libertad.
Ese cambio de percepción es un gran avance para poner límites y equilibrio en el procesamiento y en la explotación masiva de datos que suele ocurrir en condiciones de gran desigualdad y desconocimiento de derechos. Las grandes plataformas conocen, clasifican y predicen a las personas, mientras ellas desconocen cómo se construyen los perfiles que las afectan. Una ley como la chilena, de protección de datos, no desarma el gran poder tecnopolítico, pero establece que la recopilación y el uso de datos deben responder a reglas, finalidades y derechos. Y permite que el ciudadano deje de aparecer solo como una fuente pasiva de información y que se le reconozca como titular de derechos sobre sus datos
La nueva ley chilena representa un enorme paso replicando y ampliando el RGPD de la Unión Europea y precisando derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y portabilidad; protegiendo categorías sensibles de información; contemplando garantías frente a determinadas decisiones automatizadas, y creando una Agencia para fiscalizar, recibir reclamos y sancionar.
El Gobierno sostiene que necesita tiempo para que la institucionalidad esté preparada. El Senado no ratificó la primera propuesta de consejeros pero quienes reclaman la vigencia de la ley señalan que los derechos no pueden esperar otro año más. Que si faltó previsión, coordinación o acuerdo político para instalar la Agencia, la respuesta debe explicar cómo se resolverá el problema y con qué calendario verificable. Que el retraso administrativo no puede convertirse en una condición permanente para el ejercicio de derechos.
También debe distinguirse entre la motivación declarada y su lectura política. Es legítimo preguntarse si la postergación se inscribe en un rechazo a la regulación presentada como obstáculo a la inversión y al desarrollo tecnológico o al argumento formal del Ejecutivo que se refiere a la operatividad de la Agencia y a su preparación para una tarea compleja. Solo procedería si esa espera es acompañada de un cronograma de estricto cumplimiento para la capacitación que permita proteger los derechos que la ley precisa. La urgencia que reclama la población existe.
La percepción de pertenencia de “nuestros datos” no aborda precisamente la cuestión de la propiedad social de los datos ni determina quién debe beneficiarse de su valor económico. Pero esa discusión no es solo académica. Los ciudadanos comprenden que el control de los datos es también control sobre la conducta, las oportunidades y la autonomía. Y esa percepción colectiva es muy valiosa.
Esta ley es un aporte de Chile: no solo aprobar una norma, es esencialmente ayudar a que la sociedad reconozca el problema y encuentre palabras para reclamar protección. El siguiente paso es que la ley entre en vigencia, que la Agencia empiece a actuar y que los derechos escritos se vuelvan ejercibles. Una ciudadanía que dice “los datos son nuestros” ya está en el camino y debe lograr que las instituciones lo recorran con ella.
















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