En la siguiente video columna el constitucionalista, Domingo García Belaunde , señala que la accion de amparo contra la elección de los miembros del TC presentada por una ONG es un despropósito. El motivo: hay facultades constitucionales que son inherentes a las instituciones que no pueden someter a acciones de garantía . Por ejemplo, no se puede impedir que el jefe de Estado designe a su Gabinete.
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