Editorial Economía

¿Quién se atreve a reformar la legislación laboral?

Ejecutivo y élites de espaldas a la productividad

¿Quién se atreve a reformar la legislación laboral?
  • 13 de noviembre del 2019


Se acaba de conocer que, entre 141 economías del planeta, nuestro país se ha ubicado en el puesto 77 en el pilar sobre mercado laboral del Ranking de Competitividad del Foro Económico Mundial. De esta manera el país retrocede cinco posiciones en este
ranking con respecto al 2018. Entre las principales causas de este retroceso están la escasa flexibilidad para determinar salarios y las actuales prácticas de contratación y despido.

Considerando que la informalidad laboral sobrepasa el 72% de la población en edad de trabajar. y que es 44% más alta que las de otros países con similares ingresos que el nuestro, la noticia sobre el retroceso en el señalado ranking de competitividad solo revela que el Ejecutivo y las élites políticas no tienen la menor intención de abordar el problema. Es más, la administración de facto de Martín Vizcarra acaba de anunciar que aumentará la remuneración mínima vital en el primer trimestre del próximo año. En otras palabras, menos flexibilidad para contratar con salarios que afectan especialmente a las pequeñas empresas, y más murallas para la formalidad.

En el Perú los costos de los contratos temporales se elevaron significativamente, instaurando el reino de la informalidad laboral, debido a una sentencia del Tribunal Constitucional que establece que el trabajador despedido puede ser repuesto en su trabajo, en lugar de pagarle una indemnización. La consecuencia de este fallo, en la práctica, fue establecer la rigidez laboral absoluta en el país. La falta de flexibilidad para contratar y despedir, pues, es la causa de la asfixiante informalidad laboral que desprotege a los trabajadores, privándolos de sistemas de salud mínimos y de pensiones.

Antes del cierre inconstitucional del Congreso, una amplia mayoría legislativa había aprobado la ampliación de la vigencia de la Ley de Promoción Agraria (Ley N° 27360), que establece un régimen tributario y laboral especial para fomentar las inversiones y el empleo formal en la agricultura. La vigencia de la mencionada norma se extendió por diez años más, una condición básica para que maduren inversiones agrarias en el mediano y largo plazo.

La flexibilidad que establece esta norma para contratar a los trabajadores, de acuerdo a las estacionalidades agrarias (siembra, cosecha y mantenimiento), ha posibilitado reducir la pobreza y formalizar el empleo considerablemente. Según Apoyo y Consultoría, entre el 2004 y el 2017 la pobreza en las regiones agroexportadoras se redujo de 67% de la población a solo 19%, en promedio. De otro lado , los envío al exterior se incrementaron de US$ 800 millones a US$ 7,000 millones. Algo más: se calcula que de mantenerse el flujo de inversiones agrarias el empleo formal se incrementaría en 5% anual. 

Un trabajador bajo este régimen tiene vacaciones, CTS y accede al sistema de seguridad social y previsional. Vale informar que la ampliación de la vigencia de la Ley N° 27360 ha incrementado los beneficios de los trabajadores. Por ejemplo, en un editorial anterior informamos que “la empresa Agrícola Cerro Prieto ha decidido aplicar el incremento del jornal diario (de S/ 36.29 a S/ 39.19) establecido en la ampliación de la vigencia de la norma. Asimismo, ha anunciado el aumento de gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad —de 10.68% a 16.67%—, de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) —de 6.36% a 9.72%— y de las vacaciones (de 15 días a 30 días)”.

Considerando todos estos hechos, cualquiera se preguntaría sobre cuáles son las razones para postergar hasta las calendas griegas una reforma laboral. La Ley de Promoción Agraria debería ser la base de esa reforma integral de la legislación laboral. Es decir, una reforma que incorpore la flexibilidad para contratar y despedir como un principio básico de la legislación laboral, con objeto de formalizar el empleo.

  • 13 de noviembre del 2019

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