Alejandro Muñante
¡No al Acuerdo de Escazú!
Para mantener la soberanía del territorio nacional
Este 26 de septiembre vence el plazo para ratificar el cuestionado Acuerdo De Escazú. Esperemos que este Congreso no se preste al juego de la izquierda internacionalista ni caiga en manos de aquellos asalariados vendepatria que, por componendas funestas, han mutilado nuestro territorio nacional a lo largo de la historia. El Acuerdo de Escazú no es otra cosa que la renuncia voluntaria a nuestra soberanía sobre más del 50% de nuestro territorio, en favor de los intereses oenegeros, quienes tienen –ocultos bajo pseudo derechos y una normativa atractiva– un deseo insaciable de poder. De ahí que los principales defensores de este acuerdo sean las mismas oenegés nacionales e internacionales de izquierda, que viven a expensas del pueblo cual parásitos adheridos a sus huésped.
En resumidas cuentas este cuestionable acuerdo trae consigo lo siguiente (a su propia normativa me remito):
1. El país debería asumir nuevas obligaciones internacionales. Estaremos sujetos a responsabilidad internacional en caso de incumplimiento (art. 4); es decir, un motivo más para denunciar al Estado peruano ante un organismo de justicia internacional, llámese CIDH o Corte de la Haya.
2. No solo los peruanos tendrían derecho al acceso a la información pública sobre todo lo concerniente a dicho acuerdo, sino también las organizaciones nacionales e internacionales (oenegés o empresas), incluso personas (art. 2. Literal d.). En otras palabras, cualquier organización extranjera podría solicitar información sobre nuestros recursos, sin necesidad de presentar algún interés especial ni justificar las razones por las cuales se solicita (art. 5.2a).
3. La información que obtendrían sería principalmente información ambiental que está en poder del Estado, bajo su control o custodia, de acuerdo con el principio de máxima publicidad (art.5.1).
4. Estas facultades permitirían a los extremistas ambientalistas, líderes políticos, oenegés, competidores y hasta países interesados, a paralizar un proyecto o dilatarlo y atentar contra la propiedad de las comunidades indígenas, vulnerando el desarrollo comunitario y nacional (art.7.7 y 8.2).
5. Las oenegés tendrían mayor poder para ejercer como grupos de presión, reunirse y circular libremente por nuestro territorio (art. 9).
6. La CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe) estaría a cargo del secretariado ejecutivo del Tratado y, por ende, gozaría de una serie de facultades para administrarlo (incluso como instrumento de presión política). El Perú no tendría esas facultades (art. 15.5).En caso de controversias entre las partes, estaríamos sujetos a una autoridad internacional, que decidirá en cuanto a la interpretación o aplicación del acuerdo sobre nuestro país (art. 19).
7. No se admitirían reservas al Acuerdo, algo nunca antes visto en instrumentos internacionales. Es todo o nada (art.23).
Si todo esto no es perder soberanía, entonces ¿qué es?
Normativa del Acuerdo: https://repositorio.cepal.org/.../43595/1/S1800429_es.pdf
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