Naturaleza de la infracción constitucional

04 de julio del 2018

En la siguiente video columna, el constitucionalista Domingo García Belaunde analiza el concepto de infracción constitucional. Precisa que este concepto apareció en la Constitución de Cádiz de 1812. Añade que luego la figura pasó a nuestras constituciones abarcando delitos graves hasta faltas políticas. Aclara que hoy las infracciones constitucionales deben entenderse como faltas políticas graves.

NOTICIAS RELACIONADAS >

Videocolumnas

Algunas lecciones de la campaña electoral

En la siguiente video columna Ernesto Álvarez, ex premier de la...

13 de abril

Videocolumnas

Una mirada a las elecciones en el CAL

En la siguiente video columna Domingo García Belaunde, constitu...

30 de marzo

Videocolumnas

El derecho a la verdad y el papel del Estado

En la siguiente video columna Delia Muñoz, abogada y docente un...

23 de marzo

COMENTARIOS