Naturaleza de la infracción constitucional

04 de julio del 2018

En la siguiente video columna, el constitucionalista Domingo García Belaunde analiza el concepto de infracción constitucional. Precisa que este concepto apareció en la Constitución de Cádiz de 1812. Añade que luego la figura pasó a nuestras constituciones abarcando delitos graves hasta faltas políticas. Aclara que hoy las infracciones constitucionales deben entenderse como faltas políticas graves.

NOTICIAS RELACIONADAS >

Videocolumnas

Ley de imprescriptibilidad en crímenes de lesa humanidad

En la siguiente video columna Delia Muñoz, abogada y docente un...

19 de diciembre

Videocolumnas

El cortoplacismo en Latinoamérica frente a China

En la siguiente video columna Carlos Adrianzen, Decano de la Facultad ...

17 de diciembre

Videocolumnas

Los malos modales de la política

En la siguiente video columna Domingo García Belaunde, constitu...

12 de diciembre

COMENTARIOS