Martín Taype
Ampliación de la vigencia de documentos personales
Para mantener el distanciamiento social y evitar los contagios

Es indudable el efecto catastrófico que viene teniendo la pandemia del coronavirus en nuestro país, donde además de los efectos en diversos ámbitos –la salud, el empleo y la economía–, también ha afectado los trámites administrativos que los ciudadanos efectúan ante las instituciones gubernamentales. Asimismo, teniendo presente que primero está salvaguardar la salud y vida de las personas, se deben tomar todas las medidas de protección y prevención de contagios de esta terrible pandemia. En cuanto al funcionamiento de las instituciones públicas y privadas, herramientas tecnológicas como el teletrabajo vienen siendo de mucha utilidad y eficacia, por lo que su uso debería masificarse.
También es loable el proceso de digitalización de las instituciones públicas y privadas, a fin de facilitar los servicios que brindan a los ciudadanos. Sin embargo, considerando que algunos trámites en instituciones públicas requieren de la presencia física del ciudadano, resulta pertinente la ampliación de vigencia de documentos personales en el Perú, dado que la inmovilización y el distanciamiento social son un medio eficaz para contener el contagio masivo de esta pandemia.
Por lo tanto, nuestra propuesta es que los documentos personales emitidos antes de decretarse el estado de emergencia sanitaria, sigan siendo válidos por un periodo de dos años adicionales, siendo esta medida de carácter extraordinario y excepcional dada la coyuntura. En consecuencia, solo las entidades públicas se enfocarían en atender a los ciudadanos que deseen obtener sus documentos por primera vez, y ya no en los casos de renovaciones por vencimiento.
Entre los documentos que deberían ampliarse su vigencia por dos años estarían el Documento de Identidad Nacional (DNI), los emitidos por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), las licencias de conducir emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), las licencias de uso de armas de fuego (emitidas por la Sucamec), entre otros de uso exclusivamente personal e intransferible.
En conclusión, considerando que las instituciones públicas deben limitar el aforo de ciudadanos en sus instalaciones, como lo vienen haciendo a través de la mayor utilización de canales digitales, aquellas gestiones que impliquen necesariamente una presencia física del ciudadano deben de limitarse al máximo. ¡Salvaguardemos la salud y vida de los ciudadanos !Evitemos el incremento de contagios y decesos! ¡Optimicemos y prioricemos el trabajo de las instituciones públicas! ¡Ampliemos la vigencia de documentos personales!
COMENTARIOS