Carlos Hakansson
Los experimentos sólo con la gaseosa
Las temerarias propuestas de reformas del sistema de justicia
Los debates en torno a la reforma del poder judicial son recurrentes en el país. Es un tema longevo, con varios ensayos en nuestra historia republicana aplicados tanto por gobiernos de facto como democráticos, pero sin resultados favorables. Los países de tradición democrática con fuertes instituciones constitucionales gozan de un sólido Estado de derecho. ¿Cuál es su fórmula de éxito? No es otra que brindar a los principios de independencia e inamovilidad un efectivo curso de acción para que esos estados ideales se plasmen en su sistema judicial. En otras palabras, la independencia funcional se complementa con la administrativa, económica-presupuestaria, acceso a la magistratura, formación continua y cese.
El principio de inamovilidad se concreta con el respeto al siguiente enunciado: los jueces permanecerán en sus cargos mientras se comporten bien. Este principio fue establecido por el Act of Settlement inglesa de 1700 y también en el artículo 3.1 de la Constitución estadounidense (1787); países que no ratifican a sus jueces, pero son implacables cuando cometen una falta grave, separándolos del cargo.
Los principios de independencia e inamovilidad son interdependientes, como si fueran vasos comunicantes. Es decir, acciones u omisiones que afecten o debiliten a uno producirán similares consecuencias en el otro. Sobre los sistemas de selección y nombramiento, es importante reconocer que siempre contienen un factor político de entrada, pero si su ejercicio funcional opera en independencia e inamovilidad, la frase: “los políticos pasan, los jueces permanecen” será garantía de una correcta administración de justicia. Recordemos que los jueces supremos estadounidenses tienen mandato vitalicio, de ahí otra conocida frase: “rara vez dimiten y nunca mueren”, asegurando la predictibilidad de sus fallos y la longevidad de sus precedentes. Otro rasgo para destacar del sistema judicial anglosajón, especialmente en Estados Unidos, es que muchos jueces de alto nivel provienen de una carrera destacada como abogados. Esta práctica fomenta la retroalimentación y unidad del sistema judicial.
Por todo lo anterior, en lugar de convocar reuniones de alto nivel para proponer temerarias reformas constitucionales de nombramiento, ratificación periódica o destitución de jueces y fiscales, que terminan operando como un sistema de control a la administración de justicia, es mejor reconocer los principios de independencia e inamovilidad como verdaderos mandatos de optimización para su plena vigencia y garantía ciudadana de su correcto ejercicio entre iguales. Por eso, si se trata de discusiones y propuestas de reformas, los experimentos sólo con la gaseosa.
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