Jorge Varela

En Chile 34 constituyentes están extraviados

Resulta imposible que regresen a la luz

En Chile 34 constituyentes están extraviados
Jorge Varela
15 de junio del 2021


La mayoría de la Lista del Pueblo –34 constituyentes– ha llamado a cambiar la regla que fijara un quórum de dos tercios para aprobar las normas de la nueva Constitución chilena que debiera emerger de la Convención Constituyente, una exigencia establecida después del  Acuerdo Político por la Paz suscrito el 15 de noviembre de 2019. Lo que persigue este grupo es una Convención ‘soberana’
sui generis, modelada según sus antojos hegemónicos. 

Planteamientos y acciones desafiantes del Partido Comunista  

Aún cuando la derecha no obtuvo el tercio necesario para ejercer la facultad de veto, el Partido Comunista de Chile, que en su momento se excluyó del citado acuerdo, ha planteado el desafío de “seguir trabajando para que la Convención se convierta en una auténtica Asamblea Constituyente y rodear con la movilización de masas” su desarrollo, procurando cumplir su objetivo  estratégico de pautear a los demás constituyentes (Informe al 26º Congreso).

Algunos dirigentes de centro-izquierda han asociado este llamado a la intención de imponer una Constitución mediante la vía alternativa de sustituir el orden democrático existente; como ocurrió en Venezuela cuando la Asamblea Constituyente decretó el  cierre del Congreso, institución opositora al régimen. Para Guido Girardi (senador PPD) una Constituyente soberana, de plenos poderes, significa “una Constitución que se quiere imponer a la otra parte. Pero ese camino tiene complejidades: en algunos casos las asambleas soberanas han sustituido todo el orden democrático existente, como en Venezuela, una dictadura donde se violan DD.HH.” (Girardi, El Mercurio, 4 de enero de 2020).

En tanto el convencional independiente Agustín Squella, quien no comparte la señalada declaración en cuanto pone condiciones de entrada, ha dicho: “Nos guste o no, hay reglas previas que la Convención no puede soslayar… Nunca me gustó la norma de los dos tercios, pero ella fue incluida en la reforma constitucional que abrió paso a este proceso, reforma que reguló también muchas otras materias”. “La Convención va a crear o producir derecho: una nueva Constitución, que además de política será también un texto jurídico. Y toda creación de derecho tiene siempre lugar en el marco de normas previamente establecidas que otorgan la competencia para ello y fijan algunos límites que es preciso respetar. Nadie, salvo las dictaduras, crean Constituciones en el vacío y sin sujeción alguna a normas preexistentes” (9 de junio de 2021).

Nadie puede afirmar: yo soy la única voluntad del pueblo   

Los 34 convencionales de la Lista del Pueblo parten de un fundamento tremendamente erróneo: pretender que la voluntad del pueblo está encarnada en ellos y que son, en consecuencia, la única personificación de dicha voluntad. 

Desde allí, se hace básico esclarecer lo que se entiende por voluntad general. El francés Jean-Jacques Rousseau la definió como “la fuente de las leyes, al mismo tiempo que la regla de lo justo e injusto”. “La voluntad general es siempre recta y siempre tiende a la utilidad pública”. “Solo mira al interés común” (El contrato social).  

Rousseau –quien a juicio de Maritain no era un demócrata– precisa que “hay mucha diferencia entre la voluntad de todos y la voluntad general; esta solo mira al interés común, la otra mira al interés privado, y no es más que una suma de voluntades particulares”. Según la visión expuesta, la voluntad general vela por la consecución del bien común, y pone en segundo plano los intereses particulares. En este caso el interés particular de los integrantes de la Lista referida, al no aceptar subordinarse a las reglas acordadas, se convierte en la expresión concreta de un siniestro espíritu totalitario-absolutista. 

Adictos al poder totalitario 

Los convencionales de la Lista en cuestión no pueden autodesignarse ni declararse como los exclusivos representantes del ‘pueblo’. “Pueblo es la ‘multitud de personas’ que, unidas bajo leyes justas, por la mutua amistad, y para el bien común de sus humanas existencias, constituyen una sociedad política o un cuerpo político”. “El pueblo es la sustancia misma, la sustancia libre y viva del cuerpo político”, ha escrito Jacques Maritain (El Hombre y el Estado).  

Para lograr un acuerdo constante y duradero de las personas –una idea propia de Thomas Hobbes– se requiere un ‘poder común’ que dirija sus actos en dirección al “bien común” y las libere del temor. Nadie es el único, excluyente y permanente soberano. Habermas –a su vez–, citando a Hannah Arendt, expresa que “el poder surge para concertarse con los demás y actuar de acuerdo con ellos”. (Byung-Chul Han, Sobre el poder). 

¿Cuál es entonces, el concepto –o las ideas– que algunos convencionales no comprenden o se resisten a aceptar? ¿Será que el influjo exógeno oscuro y maléfico de la dirigencia comunista pesa más que la razón? Si es así, disminuyen las posibilidades de que salgan de la oscuridad en que se encuentran y aumenta la expectativa perversa de que la Convención Constituyente derive en un espacio propicio para el aterrizaje final de los adictos al poder totalitario.

Jorge Varela
15 de junio del 2021

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