Vincent Dumortier

El censo 2025 y la victoria de la libertad ciudadana frente al INEI

Se ha restablecido el marco de participación voluntaria

El censo 2025 y la victoria de la libertad ciudadana frente al INEI
Vincent Dumortier
30 de julio del 2025


En 2017 interpuse una demanda de amparo contra el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) debido al contenido y la forma en que se llevó a cabo aquel censo. Entre otras cosas, se violó el derecho de los ciudadanos a reservarse su convicción religiosa, al no ofrecer la opción de abstenerse de responder a dicha pregunta. Años después, el Tribunal Constitucional (TC) me dio la razón, sentando un precedente importante en la defensa de la libertad individual frente a los excesos del aparato estatal.

A pesar de lo que afirmó en su momento el ahora fallecido Enrique Bernales Ballesteros —presentado en los medios como constitucionalista, pero cuya lectura del caso fue, por decir lo menos, parcial—, mi demanda tuvo efectos concretos y, creo, profundos. Basta con revisar los preparativos del censo 2025 para comprobarlo.

Primero, ha cambiado el marco legal invocado por el INEI. Ya no se hace referencia a normas recientes que daban pie a sanciones, sino a la Ley N.º 13248 de 1959, cuyo texto no contempla multas para quienes decidan no brindar información censal. Esto implica, de facto, un retorno a un sistema basado en la cooperación voluntaria y no en la coacción.

Segundo, si bien en mi demanda no exigí que se eliminara la pregunta sobre religión, sino que se reconociera el derecho del encuestado a guardar reserva, el INEI ha ido mucho más allá de lo solicitado: en el censo 2025, la pregunta ha sido suprimida por completo. Ya no figura en el cuestionario, lo cual puede interpretarse como una corrección prudente, una huida de nuevas controversias legales, o quizás como una muestra de que dicha información no es —y tal vez nunca fue— relevante para la gestión pública. Sea cual sea la motivación, la decisión última perteneció al INEI…

Cabe indicar que el propio chat automatizado disponible en la web oficial del censo 2025 confirma lo anterior: participar en el Censo 2025 es voluntario(*), por lo que no habrá esta vez infracción alguna al querer proteger la intimidad y ejercer un derecho individual de reserva frente a la intromisión indiscreta del Estado en nuestros hogares y viviendas. A falta de infracción, corresponde la ausencia de sanción, ya sea por negarse a colaborar o por omitir total o parcialmente las respuestas, tanto en la modalidad presencial como mediante el autocenso virtual.

No faltará seguramente gente y periódicos que pretendan pregonar una supuesta obligatoriedad de responder, tal como afirma —erróneamente— un diario, que sí existirían multas para quienes no participen del censo. ¿A qué responde esta desinformación? ¿Ignorancia, servilismo ante el poder o simple mala fe? Capaz sea solo una raya más al tigre o, mejor dicho, un rayón más en el asiento del tren…

Finalmente, cabe recordar que el censo 2025 ha sido convocado de manera anticipada por la presidenta D. Boluarte. Digo anticipada ya que, según la Ley 13248, el censo debió realizarse recién en 2027. Es legítimo preguntarse si las condiciones políticas actuales, marcadas por una grave crisis de legitimidad y transparencia, permiten confiar ciegamente en los fines y el uso que se dará a la información recolectada. A título personal, considero que hubiera sido mejor conservar el intervalo decenal y esperar al 2027, con condiciones generales quizá (y ojalá) más serenas y transparentes.

En ese contexto, uno solo puede alegrarse de que un marco de participación voluntaria, o sea la libertad, haya sido restablecido. Pertenece ahora a cada ciudadano decidir con conciencia que hacer de esta libertad y decidir si vale la pena entregar al Estado información personal, sensible y detallada... a cambio de, seamos serios, muy pocas cosas.

Preguntan específicamente: “O sea me confirmas que, si no quiero brindar informaciones, no tengo que responder?”

Vincent Dumortier
30 de julio del 2025

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